Se extendió la convocatoria hasta el 3 de agosto
A través del Régimen de Crédito Fiscal, en el ámbito del Ministerio de Educación a través del INET, se financiarán proyectos que vinculen la Educación con el empleo y el desarrollo tecnológico.
Los proyectos deberán buscar mejorar las condiciones de empleabilidad para estudiantes y miembros de la comunidad local mediante actividades conjuntas con instituciones del ámbito socio productivo y educativo-tecnológico. Deberán contemplar el desarrollo y ejecución de acciones orientadas a:
- Incorporar nuevas tecnologías y equipamiento escolar.
- Promover la articulación con organizaciones del ámbito socio productivo, Universidades y Centros de Investigación, Desarrollo e Innovación I+D+i.
- Brindar capacitación tecnológica abierta a la comunidad.
- Impulsar la retención escolar, realizando cursos o talleres para los niveles iniciales (de 1° a 4° año), relacionados con la Orientación Vocacional.
- Implementar prácticas profesionalizantes para alumnos del 2° Ciclo.
- Actualizar a los docentes a nivel Técnico Profesional.
Por medio de este Régimen, se financian bienes de capital (equipamiento nuevo, refacciones o mejoras indispensables para la puesta en marcha del equipamiento a adquirir hasta un monto máximo de 200 mil) y acciones formativas (destinadas a trabajadores en actividad, trabajadores de la empresa patrocinante, subocupados, desocupados, docentes y alumnos).
El equipamiento solicitado deberá ser necesario y pertinente para la ejecución de proyectos que incluyan al menos una acción formativa y, al mismo tiempo, sirvan para el desarrollo de actividades de carácter curricular de las instituciones educativas.
Podrán presentar proyectos establecimientos reconocidos por la autoridad competente, de gestión pública o privada, de Educación Media Técnica y Agrotécnica, Polimodal con trayectos técnico profesionales, Educación de Adultos con formación para el trabajo, Formación Profesional y/o equivalentes, educación especial con talleres de formación laboral, Tecnicaturas de nivel Superior No Universitario. y establecimientos secundarios que se ajusten a la ley 26.206 (art. 30, objetivo «g».
Sumarán atributos aquellos establecimientos educativos que presenten empresa/s patrocinante/s.
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