El Consejo cuenta con una Secretaría Permanente que desarrolla sus funciones en el ámbito del INET y ejerce la coordinación del CoNETyP y la Comisión Técnica.
Esta Secretaría:
a) articula con los Consejos Provinciales de Educación, Trabajo y Producción creados o a crearse según el artículo 47 de la Ley;
b) elabora los dictámenes que emite el CoNETyP sobre aquellos temas en los que se solicite su opinión;
c) tiene a su cargo el registro de actuaciones del CoNETyP a través de actas y/o documentos según corresponda;
d) analiza, procesa y pone a disposición del CoNETyP la información provista por los sectores productivos y otras fuentes (tales como INDEC, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Secretaría de Industria, Comercio y Pequeña y Mediana Empresa, etc.) con el fin de detectar necesidades de formación de trabajadores por sector y región,
e) organiza las Comisiones de Trabajo y Foros Sectoriales que el CoNETyP cree para el cumplimiento de las funciones que prevé la Ley.