La Ley de ETP en su Artículo 45 reconoce al INET como el ámbito que debe hacer cumplir con la responsabilidad de “Promover la calidad de la educación técnico profesional para asegurar la equidad y la adecuación permanente de la oferta educativa a las demandas sociales y productivas a través de la coordinación de programas y proyectos en acuerdo con las pautas establecidas por el Consejo Federal de Cultura y Educación. Desarrollar los instrumentos necesarios para la evaluación de la calidad de las ofertas de Educación Técnico Profesional e intervenir en la evaluación.”
La Resolución INET N° 1171/15 establece que la Autoevaluación Institucional de nivel secundario deberá ser llevada a cabo cada cuatro años en las distintas jurisdicciones del país y que para ello, habrá de financiarse mediante el Fondo de Mejora de la Educación Técnico Profesional.